miércoles, 2 de diciembre de 2009

DECLARACION DE PRINCIPIOS

La Asociación Civil “Por Nuestros Niños, A.C”., sin fines de lucro, se funda con la participación de Profesores, Padres de familia, Sociedad Civil y personas interesadas en el fortalecimientos de los procesos Educativos de nuestro país, con el aporte de sus opiniones, conocimientos y economía, tomándose como base normativa Nuestro Sistema Educativo Nacional, que está dirigido por el Secretario de Educación Pública, titular de la Secretaría de Educación Pública, que depende del jefe del Poder Ejecutivo, quien, lo designa en su sexenio. Y del Sistema Educativo Nacional actual que se rige por la Constitución de 1917 a través del Artículo 3° Constitucional, el cual se ha reformado varias veces, por razones de actualización y de mejorar su aplicación, en distintos años.

La Asociación Civil “Por Nuestros Niños”, se declara ajena a cualquier partido político, congregación Religiosa, o Asociación dedicada a actividades contrarias a la esencia de la educación o a las leyes de nuestro país.

La Asociación Civil “Por Nuestros Niños”, atenderá a las personas que requieran de nuestro apoyo, asesoría y o beneficios que otorgue la misma, sin condicionar a cuestiones ajenas a la educación, ni pretextar credos políticos, de grupo, nacionalidad o religiosos de los solicitantes de apoyos educativos.

Propósitos
POR NUESTROS NIÑOS A.C.

Apoyar a docentes, comunidad en general donde se requiera de asesoría, gestión, trámites, derivados de su labor, de índole familiar o social, interviniendo ante autoridades con expertos que observaran no se violenten los derechos y garantías de los ciudadanos.

Proporcionar los apoyos metodológicos y técnicos que requieran las escuelas en el proceso Enseñanza- Aprendizaje para estar a la vanguardia educativa por medio de la intermediación o intervención directa de la asociación, llevando especialistas en cada rama de la educación donde la sociedad del conocimiento reclama docentes a la altura de las necesidades educativas de la población.

Formar la consciencia en el docente como importante agente de cambio en la sociedad para destacar sus actividades y actitudes de fuerte impacto en el paradigma social, realizando eventos como conferencias, diplomados, asesorías, cursos con temas de vanguardia en la educación, entre otros donde se enriquezcan las competencias del docente, teniendo como meta la identificación positiva de él ante la sociedad y él mismo.

Desarrollar en el docente la capacidad, habilidad y competencias como líder social en el reclamo de derechos, servicios y necesidades de la comunidad en que esta inmerso a través de diplomados, cursos, talleres y diferentes actividades políticas donde todo docente exprese y desarrolle su experiencia para instalar al docente en los procesos que determinan al país, haciendo participe directo a los alumnos, docentes, padres de familia y sociedad fomentar en la comunidad el amor a la patria, a los símbolos patrios, el respeto de los derechos humanos, mediante la concientización de alumnos padres de familia docentes y la comunidad que integra nuestra sociedad en la búsqueda de la interculturalidad, pues México es un país de culturas.

Buscar la equidad en la educación al bridar el servicio educativo y atención de la totalidad de alumnos sin que se afecte su desarrollo por tener una necesidad educativa especial.

Fomentar la investigación educativa estimulando a los docentes para escribir artículos y llevando a ellos los artículos escritos de investigadores educativos de nuestro país a través de revistas para docentes u órganos de difusión.

Servir como una asociación apartidista incluyente donde el único interés sea siempre el bienestar, desarrollo y mejora de la niñez de nuestro país.
La Asociación Civil “Por Nuestros Niños”, se declara solidaria con Directores, Profesores, Asociaciones de Maestros y Personal de Apoyo a la Educación de escuelas públicas y privadas de Educación Preescolar, Educación Básica y Educación Media, en el fortalecimiento y superación de la Educación, con base legal en la evolución y reformas del ARTICULO TERCERO CONSTITUCIONAL.

Actualmente, el Artículo 3° Constitucional señala lo siguiente: "Todo individuo tiene derecho a recibir educación.

El Estado-Federación, Estados y Municipios impartirán educación preescolar, primaria y secundaria.

La educación primaria y la secundaria son obligatorias. La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia".

Con base a la primera reforma del artículo 3° Constitucional se realizó el 13 de diciembre de 1934. Propone que la educación que imparta el Estado sea socialista, excluyendo toda enseñanza religiosa, proporcionando una cultura basada en la verdad científica, que forme el concepto de solidaridad necesario para la socialización progresiva de los medios de producción económica; que la educación, en todos sus tipos y grados, se imparta con el carácter de servicio público, por la Federación, los Estados y los Municipios.

La segunda reforma se hizo el 30 de diciembre de 1946 y plantea que la educación que imparta el Estado: Federación, Estados, Municipios, tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional en la independencia y en la justicia.

El criterio que orientará a dicha educación se mantendrá por completo ajeno a cualquier doctrina religiosa y, basado en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

La tercera reforma se realizó el 9 de junio de 1980 y tiene por objetivo brindar la autonomía a la universidad y demás instituciones de educación superior, dándoles la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas para así realizar los fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de ideas.

La cuarta reforma se realizó el 28 de enero de 1992 la cual precisa que la Educación que imparta el Estado: Federación, Estados, Municipios, sea laica, buscando evitar que la educación oficial privilegie a alguna religión o promueva el profesar una religión.

Además, establece que la educación primaria, secundaria y normal, así como aquella destinada a obreros y campesinos que impartan los particulares, deberá requerir expresa autorización, debiendo ajustarse a los planes y programas que al efecto establezca la autoridad.

Y la quinta y última reforma que se ha hecho al artículo tercero Constitucional se hizo el 5 de marzo de 1993 en donde propone que además de impartir la educación preescolar, primaria y secundaria, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos, incluyendo la educación superior, necesarios para el desarrollo de la Nación, apoye la investigación científica y tecnológica y, aliente el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura.

Por último, plantea que es obligatorio cursar los niveles de primaria y secundaria.

Este nuevo marco jurídico compromete al gobierno federal y a las autoridades educativas de las entidades federativas a realizar un importante esfuerzo para que todos tengan acceso a la educación secundaria ya que éste nivel solamente tenían oportunidad un porcentaje muy bajo de egresados de educación primaria debido a la situación económica en que se encuentra la población y que motivaba que muchos niños, en lugar de seguir estudiando, se dedicaran a trabajar y convertirse en una fuente de ingresos en su familia.

La ampliación de las oportunidades educativas deberá atender no sólo los servicios escolares en sus modalidades usuales, sino también a formas diversas de educación a distancia, destinadas tanto a la población joven como a los adultos que aspiren a mejorar su formación básica.

La obligatoriedad significa también que los alumnos, los padres de familia y la sociedad en su conjunto deberán realizar un mayor esfuerzo que se refleje en la elevación de los niveles educativos de la población del país.

El establecimiento de la obligatoriedad de la educación secundaria responde a una necesidad nacional de primera importancia.

Nuestro país transita por un profundo proceso de cambio y modernización que afecta los ámbitos principales de la vida de la población.

Las actividades económicas y los procesos de trabajo evolucionan hacia niveles de productividad más altos y formas de organización más flexibles, indispensables en una economía mundial integrada y altamente competitiva para el resto del mundo.

Podemos observar que, por mandato constitucional la educación que imparta el Estado es gratuita, pero esta garantía social sólo tendrá un pleno efecto sobre el desarrollo del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de sus habitantes si sus beneficiarios directos o indirectos actúan con perseverancia en las tareas educativas y si participan en el fortalecimiento de la calidad y la regularidad de los procesos escolares.

La exigencia de una cobertura suficiente y de calidad adecuada es una demanda social muy importante y un imperativo que está imponiendo el perfil del mundo contemporáneo de todas las naciones, ricas y pobres, desarrolladas o en vías de desarrollo.

Sin hacer distinciones de formas de gobierno, orientaciones ideológicas y riquezas de recursos, la educación es igual en el norte y en el sur, en el occidente y en el oriente, como un componente fundamental del desarrollo y, el ARTÍCULO 3°, tiende a lograr estos objetivos.

Artículo 3o. Todo individuo tiene derecho a recibir educación. El Estado -federación, estados, Distrito Federal y municipios-, impartirá educación preescolar, primaria y secundaria. La educación preescolar, primaria y la secundaria conforman la educación básica obligatoria.

La educación que imparta el Estado tenderá a desarrollar armónicamente todas las facultades del ser humano y fomentará en él, a la vez, el amor a la Patria y la conciencia de la solidaridad internacional, en la independencia y en la justicia.

I. Garantizada por el artículo 24 la libertad de creencias, dicha educación será laica y, por tanto, se mantendrá por completo ajena a cualquier doctrina religiosa;

II. El criterio que orientará a esa educación se basará en los resultados del progreso científico, luchará contra la ignorancia y sus efectos, las servidumbres, los fanatismos y los prejuicios.

Además:

a) Será democrático, considerando a la democracia no solamente como una estructura jurídica y un régimen político, sino como un sistema de vida fundado en el constante mejoramiento económico, social y cultural del pueblo;

b) Será nacional, en cuanto -sin hostilidades ni exclusivismos- atenderá a la comprensión de nuestros problemas, al aprovechamiento de nuestros recursos, a la defensa de nuestra independencia política, al aseguramiento de nuestra independencia económica y a la continuidad y acrecentamiento de nuestra cultura, y

c) Contribuirá a la mejor convivencia humana, tanto por los elementos que aporte a fin de robustecer en el educando, junto con el aprecio para la dignidad de la persona y la integridad de la familia, la convicción del interés general de la sociedad, cuanto por el cuidado que ponga en sustentar los ideales de fraternidad e igualdad de derechos de todos los hombres, evitando los privilegios de razas, de religión, de grupos, de sexos o de individuos;

III. Para dar pleno cumplimiento a lo dispuesto en el segundo párrafo y en la fracción II, el Ejecutivo Federal determinará los planes y programas de estudio de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal para toda la República. Para tales efectos, el Ejecutivo Federal considerará la opinión de los gobiernos de las entidades federativas y del Distrito Federal, así como de los diversos sectores sociales involucrados en la educación, en los términos que la ley señale.

IV. Toda la educación que el Estado imparta será gratuita;

CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS
CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN
Secretaría General
Secretaría de Servicios Parlamentarios
Centro de Documentación, Información y Análisis
Última Reforma DOF 24-08-2009
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V. Además de impartir la educación preescolar, primaria y secundaria señaladas en el primer párrafo, el Estado promoverá y atenderá todos los tipos y modalidades educativos -incluyendo la educación inicial y a la educación superior- necesarios para el desarrollo de la nación, apoyará la investigación científica y tecnológica, y alentará el fortalecimiento y difusión de nuestra cultura.

VI. Los particulares podrán impartir educación en todos sus tipos y modalidades. En los términos que establezca la ley, el Estado otorgará y retirará el reconocimiento de validez oficial a los estudios que se realicen en planteles particulares. En el caso de la educación preescolar, primaria, secundaria y normal, los particulares deberán:

a) Impartir la educación con apego a los mismos fines y criterios que establecen el segundo párrafo y la fracción II, así como cumplir los planes y programas a que se refiere la fracción III, y

b) Obtener previamente, en cada caso, la autorización expresa del poder público, en los términos que establezca la ley;

VII. Las universidades y las demás instituciones de educación superior a las que la ley otorgue
autonomía, tendrán la facultad y la responsabilidad de gobernarse a sí mismas; realizarán sus fines de educar, investigar y difundir la cultura de acuerdo con los principios de este artículo, respetando la libertad de cátedra e investigación y de libre examen y discusión de las ideas; determinarán sus planes y programas; fijarán los términos de ingreso, promoción y permanencia de su personal académico; y administrarán su patrimonio. Las relaciones laborales, tanto del personal académico como del administrativo, se normarán por el apartado A del artículo 123 de esta Constitución, en los términos y con las modalidades que establezca la Ley Federal del Trabajo conforme a las características propias de un trabajo especial, de manera que concuerden con la autonomía, la libertad de cátedra e investigación y los
fines de las instituciones a que esta fracción se refiere, y

VIII.El Congreso de la Unión, con el fin de unificar y coordinar la educación en toda la República, expedirá las leyes necesarias, destinadas a distribuir la función social educativa entre la Federación, los Estados y los Municipios, a fijar las aportaciones económicas correspondientes a ese servicio público y a señalar las sanciones aplicables a los funcionarios que no cumplan o no hagan cumplir las disposiciones relativas, lo mismo que a todos aquellos que las infrinjan.
IX.

Así mismo se establece este espíritu de principios en los reglamentos de integración, operación y funcionamiento de la Asociación “Por Nuestros Niños, A.C.”, en los siguientes

POR NUESTROS NIÑOS A.C.

“POR NUESTROS NIÑOS A.C.”
Por la Educación con Amor, sin violencia.
Consideramos a los niños, al igual que en la antigua Tenochtitlan, como los hijos de la sociedad, los hijos nuestros, patrimonio de la Nación y herederos de nuestros actos. Es por ello que son los depositarios de todos nuestros anhelos, amor, esperanzas y mejores deseos.
Son la prolongación de la familia, perpetuidad de la especie, pilares de la sociedad y recipiente de nuestra sabiduría, vicios, y costumbres.
Son la suma de la esencia y la genética de nuestros antepasados y de nosotros mismos. Son los actores del porvenir y herederos de nuestras acciones.
Por ello son nuestra preocupación y razón de organizarnos, para proporcionarles una vida mejor, en base a la educación, proveniente del seno familiar, escolaridad y profesión de calidad aportada por las instituciones educativas y por los profesores, en busca de una mejor capacitación.
Sólo podremos lograrlo con el esfuerzo conjunto de padres, profesores, sociedad en su conjunto y el apoyo gubernamental por mandato constitucional, con la depuración del sistema de enseñanza, la inclusión de valores éticos, cívicos y legales. El amor a la Patria y sus valores representativos, a nuestros orígenes y esencia nacionalista, todo ello para lograr la convivencia pacífica de la sociedad con una justa distribución de la riqueza, dentro del marco legal que nos rige y constituye como Nación, con historia, principios y normas de conducta, promotora de la justicia y la convivencia social.
Romper esquemas para superarse, es evolucionar; mantener “usos y costumbres” prejuiciosas e inoperantes que son lastre en la eficiencia de la educación y el progreso son anarquía y retroceso, por ello tendremos especial cuidado en el fomento de las tradiciones y buenas costumbres ancestrales, que sean válidas en la actualidad como parte de nuestro acervo y tradición cultural nacionalista.
Sin temor al cambio positivo y estructural de la esencia de la educación,

Convocamos:
A todas las personas involucradas en el proceso Educativo, a integrarse en esta asociación para:
1.Aportar Opiniones para corregir errores y superar la calidad de la Educación, en su procedimiento y metas.
2.Participar en la búsqueda de estrategias para la Educación de calidad como base del progreso, la superación social y el confort familiar, dentro de un sistema más equitativo y de justicia social.
3.Convertir a la educación como el poder para lograr la integridad del individuo con honorabilidad, honestidad en sus actos y obtener con ello prestigio y superación en su integración a la sociedad y los ámbitos laborales.
4.Rompe las cadenas de la corrupción y dignifica al hombre, le proporciona conciencia de sus actos y lo hace responsable de ellos y sus consecuencias, siempre sustentado en principios éticos y morales, para servir a la Nación, a la Sociedad y a sí mismo.
5.Todo lo anterior será realidad con tu participación respecto a los temas de educación para tus hijos.
6.El profesor consciente de la realidad de la educación que está viviendo día con día, será el mejor aportante de opiniones en los procesos educativos, en un acto de autocrítica con honesta reflexión se evaluará a sí mismo para encontrar los fallos y aciertos y las causales y solución a los yerros.
7.El padre de familia opinará en base a la conducta de sus hijos, en donde se reflejará el efecto de los sistemas educativos.
8.La sociedad catalizará la educación y sus procedimientos en relación a la conducta de los niños y jóvenes educandos con la sociedad civil y con sensibilidad preverá las consecuencias de la misma, en la formación y conducta de los niños y jóvenes, que en breve serán los profesionistas, empresarios y gobernantes del país. Si estamos conformes con lo que tenemos, y creemos que con esa formación cubren los requerimientos para conducir los destinos Nacionales; en forma correcta y satisfactoria, dejemos que los hechos se consumen; pero de no ser así estamos a tiempo de corregir el rumbo, por ello, opine, señale, proponga, analice el presente, los contenidos educativos, su procedimientos y prácticas de la educación, que es la semilla del fruto que cosecharán nuestros niños mañana, y mañana no tiene espacio para lamentaciones, quejas y “si hubieramos hecho ésto o lo otro”. La única realidad será el fruto de lo que hoy sembramos.
9.Los resultados, análisis, consideraciones y modificaciones al sistema y procedimiento de enseñanza emanados de los trabajos de ésta Asociación “Por nuestros Niños, A.C.” serán enviados a las autoridades de Educación Pública y del Poder Ejecutivo Federal, para su consideración, estudio y aplicación de las reformas educativas que procedan dentro del marco jurídico constitucional inspirado en el Artículo Tercero, en el cual se sustenta nuestra: